El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha iniciado una especie de cuenta regresiva para dejar de ofrecer determinados beneficios que están vinculados al régimen pensionario de la Ley del Seguro Social de 1973 (Ley 73), un sistema que en su momento otorgó ventajas significativas para quienes se jubilaran bajo sus condiciones. Esta modificación no implica que quienes ya se jubilaron bajo la Ley 73 vayan a perder sus beneficios, sino que en unos cuantos años ya nadie podrá solicitar la pensión bajo este régimen, con lo cual dejarán de estar disponibles ciertos derechos que no están contemplados en el régimen pensionario más reciente, la Ley 97.
De acuerdo con estimaciones tomadas de los requisitos de jubilación del IMSS, los últimos trabajadores que cotizan bajo la Ley 73 cumplirán 65 años en el año 2044, y esa fecha representa, en teoría, el último año en que alguien podría solicitar la pensión de vejez bajo este régimen. Después de ese momento, todos los futuros pensionados quedarán sujetos únicamente al régimen de la Ley 97, y por ende no podrán acceder a los beneficios exclusivos del sistema anterior.
Entre los beneficios que se perderán para nuevos pensionados destacan varios que, hasta ahora, solo estaban disponibles para quienes tramitan su jubilación bajo la Ley 73, y que no forman parte de las prestaciones de la Ley 97. Uno de estos beneficios son las asignaciones familiares, las cuales permiten a los jubilados incrementar el monto mensual que reciben por concepto de pensión al acreditar dependientes económicos como cónyuge, hijos o incluso padres. Según el régimen actual, estos porcentajes dependen del tipo de parentesco y pueden traducirse en un ingreso mayor.
También se incluye dentro de las ventajas la denominada Modalidad 40, conocida formalmente como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio del IMSS. Esta opción permite a trabajadores que fueron dados de baja por sus patrones, o que dejaron de cotizar, reanudar voluntariamente el pago de sus semanas ante el Instituto. Esto les da la oportunidad de mejorar el monto de su pensión futura al mismo tiempo que mantienen su derecho a la asistencia médica del IMSS.
Otro beneficio importante que dejará de estar disponible será el ahorro de Infonavit para quienes no utilizaron un crédito. Bajo la Ley 73, los jubilados pueden solicitar la devolución del fondo acumulado en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, correspondiente al 5 % del salario integrado que aportó el patrón durante la vida laboral del trabajador. También está la posibilidad de retirar la totalidad del ahorro acumulado en una Afore, siempre que se cuente con la resolución o negativa de pensión correspondiente.
Aunque estos beneficios dejarán de estar disponibles para nuevos pensionados una vez que la Ley 73 deje de aplicarse en la práctica, las personas que ya reciben su pensión bajo ese régimen conservarán los derechos que ya tienen y no sufrirán la eliminación de los beneficios que actualmente disfrutan.
FUENTE: MSN Adiós a la Ley 73: IMSS confirma el fin de ciertos beneficios para jubilados
Leave a comment