Marco legal y derechos del consumidor
En México, la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) establece que los proveedores de bienes y servicios están obligados a exhibir de forma clara los precios totales de sus productos. Sin embargo, no existe un artículo específico que obligue por ley a los establecimientos a dividir las cuentas individuales por comensal, ya que esto se considera una política interna de operación y administración del negocio.
Por lo tanto, sí es una práctica legal que un restaurante decida no emitir cuentas separadas, siempre y cuando esta condición esté avisada previamente al cliente mediante un letrero visible, en el menú o al momento de tomar la orden. Si no existe ningún aviso previo, se puede incurrir en una falta a las normas de transparencia informativa ante la Profeco.
¿Qué se puede hacer en estos casos?
1. Preguntar antes de ordenar: Si vas a acudir con un grupo grande y sabes que pagarán por separado, consulta la política del establecimiento antes de consumir para evitar malos ratos.
2. Organización interna entre amigos: Designar a una sola persona para que cubra el monto total y que los demás le transfieran o entreguen su parte en efectivo (utilizando aplicaciones de pago móvil o efectivo).
3. Solicitar una factura global o parcial: Si se requiere comprobante fiscal, el restaurante debe emitir una sola factura por el consumo total, la cual puede ser solicitada por quien realizó el pago.
4. Presentar una queja ante Profeco: En caso de que el restaurante condicione el servicio de manera abusiva, oculte información o aplique cobros obligatorios no informados (como propinas forzosas), se puede interponer una denuncia formal ante la Procuraduría Federal del Consumidor.
Para el portal de medios de comunicación Konceptos.com.mx
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